San Bartolomé de Tirajana

Los afectados por la Ley Turística impugnan el Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria en los tribunales

Los propietarios de apartamentos denuncian que el planeamiento no recoge el uso residencial consolidado a 1 de enero de 2017 que incluye la Ley del Suelo

Campo Internacional de Maspalomas, en San Bartolomé de Tirajana.

Campo Internacional de Maspalomas, en San Bartolomé de Tirajana. / Juan Castro

La Plataforma de Afectados por la Ley Turística (PALT) ha impugnado el Plan Insular de Ordenación (PIO) de Gran Canaria en los tribunales. El colectivo ha presentado una demanda en el juzgado de lo Contencioso-Administrativo contra la norma aprobada el pasado mes de febrero al considerar que el texto no recoge las especificidades de la disposición transitoria séptima de la Ley del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, que establece que todos los apartamentos que se utilizasen de forma residencial a 1 de enero de 2017 consolidaban ese uso.

Urbanización turística y residencial de Puerto Rico, en Mogán.

Urbanización turística y residencial de Puerto Rico, en Mogán. / Juan Castro

Esta demanda se suma ahora a los recursos interpuestos por la plataforma en los tribunales el pasado mes de abril contra las sanciones impuestas por la Consejería de Turismo del Gobierno regional a los propietarios que utilizan sus apartamentos para uso privado y no para explotación turística, tal y como obliga la Ley de Renovación y Modernización Turística de 2013, el posterior reglamento de 2015.

«En el Plan Insular de Ordenación no aparece ninguna referencia que haga respetar el uso residencial consolidado en las zonas turísticas, ni referencia alguna a los usos consolidados de la Ley del Suelo ni al alquiler vacacional, porque todo se establece como turístico y solo se permite el alojamiento temporal no turístico en villas», señaló este jueves la presidenta de la plataforma, Maribe Doreste. Esto es, señala, que «ningún propietario podrá utilizar su apartamento o bungaló para sí mismo, en ningún período y sólo lo podrá hacer como cliente».

Maribe Doreste recuerda además que con el actual PIO en la mano ninguno de los propietarios puede desarrollar la actividad de alquiler vacacional en zonas con potencialidad turística, como así reconoce y permite una sentencia del Tribunal Supremo de 2018.

«El planeamiento nos tiene que contemplar porque no se ordena un territorio vacío, sino con personas», sostiene Doreste

En su texto, el PIO señala que «el uso residencial permanente responde a finalidades sustantivamente diferentes, por lo que su coexistencia con el uso turístico genera graves interferencias en los modos de producción y utilización del espacio urbano y diferentes necesidades de dotaciones y servicios, repercutiendo todo ello en el deterioro de la oferta alojativa y la calidad de vida de la población permanente», una afirmación que rechaza la presidenta de la PALT. «Parece que ahora somos nosotros, los propietarios y residentes, quienes tenemos que ver con el deterioro urbano y de la oferta alojativa; se sigue criminalizando la residencia y diciendo barbaridades, cuando precisamente actuamos como anfitriones y le damos un valor añadido al destino», sostiene Doreste, «de hecho los turistas están eligiendo el alquiler vacacional y están yendo a ciudades para convivir con los residentes y no les preocupa».

Apartamentos en Puerto Rico.

Apartamentos en Puerto Rico. / ANDRES CRUZ

La organización también critica el texto del PIO que establece que «en ningún caso se permitirá la coexistencia del uso turístico con el residencial permanente, ni con el alojamiento temporal no turístico en una misma parcela». «Es decir, nos echan y se favorece a los explotadores extrahoteleros establecidos y pretende perpetuar un modelo económico que ya no genera riqueza», señala la presidenta de la PALT, «el negocio del turismo se lo quedan cuatro empresarios para siempre con un modelo caduco y trasnochado, porque el paro en las islas con ellos en récord turístico sigue siendo del 40%, porque el empleo que genera no da trabajo a los grados de la ULPGC ni la ULL ni a los ciclos formativos».  

La ausencia de esas excepciones de la norma en el nuevo plan de ordenación de Gran Canaria deja de contemplar la residencia de los propietarios de apartamentos y bungalós. «El planeamiento nos tiene que contemplar porque no se está ordenando un territorio que está deshabitado, sino que un espacio donde ya viven personas y que debe ser respetado», añade la representante del colectivo de afectados.

Además, alerta de que el cambio de los planeamientos municipales y la aplicación del PIO implicará que los ayuntamientos tengan que afrontar indemnizaciones millonarias si los propietarios reclaman, y recuerda que solo en San Bartolomé de Tirajana hay 396 complejos de apartamentos y bungalós. «La residencia permanente es nuevamente demonizada prohibiéndose específicamente, lo que implica el desplazamiento forzoso de miles de personas», recordó, y cuantificó que solo en una urbanización como Puerto Rico viven 3.920 personas.

Los empresarios turísticos alertaron recientemente de que la residencialización ya alcanza a uno de cada tres apartamentos turísticos.

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