Alerta en las carreteras: El exceso de velocidad causa el 8% de los accidentes viales

Los límites de velocidad máxima establecidos por el Reglamento General de Circulación son de 120 km/h en autopistas y autovías, y 90 km/h en carreteras convencionales para turismos y motocicletas

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E. S. G.

En 2019, se registraron 6,049 accidentes de tráfico relacionados con el exceso de velocidad, lo que representa el 8% del total de accidentes. De estos, 298 accidentes resultaron en víctimas mortales, lo que representa el 23% del total de accidentes. Estos datos destacan la continua problemática de conducir a altas velocidades y su impacto en la seguridad vial.

Los límites de velocidad máxima establecidos por el Reglamento General de Circulación son de 120 km/h en autopistas y autovías, y 90 km/h en carreteras convencionales para turismos y motocicletas (este último entró en vigor en enero de 2019). Para autobuses, camiones y otros vehículos, se aplican límites inferiores.

Sin embargo, es importante señalar que no en todos los tramos de carretera se puede circular al límite máximo. La Dirección General de Carreteras del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA) explica que algunas carreteras tienen limitaciones reducidas para garantizar una conducción cómoda y segura. Esto está recogido en la Instrucción Técnica 3.1-Ic de Trazado del ministerio.

La norma mencionada establece una fórmula matemática que determina la velocidad máxima permitida en un tramo específico de carretera. Factores como la capacidad de percepción y reacción del conductor, la capacidad de frenado del vehículo, el coeficiente de rozamiento y la visibilidad geométrica de la carretera se tienen en cuenta para calcular esta velocidad máxima.

Las reducciones de velocidad se aplican en tres situaciones, descritas en el artículo 7 de la Norma 8.1-Ic de Señalización Vertical:

  1. Cuando la visibilidad disminuye, como en curvas.
  2. En cruces de carretera, incluso cuando se tiene prioridad de paso, para garantizar que los conductores puedan detenerse si otro vehículo cruza de manera imprevista.
  3. Por razones de seguridad vial, debido a condiciones de la vía, estado del firme, condiciones climáticas, presencia de vehículos pesados o retenciones frecuentes.

También se reduce la velocidad máxima en tramos de carretera en obras, de acuerdo con la Norma de Carreteras 8.3-Ic de Señalización de Obras.

En las travesías, el límite de velocidad general es de 50 km/h. Sin embargo, este límite puede reducirse o aumentarse según la configuración de la población y previo acuerdo del titular de la vía y la autoridad municipal. La reducción de velocidad se adapta a factores como la tipología de la travesía, la configuración urbana, el tipo de tráfico (largo o corto recorrido, vehículos pesados, intensidad media diaria, etc.) y especialmente la presencia de usuarios vulnerables como peatones y ciclistas, donde la velocidad segura de circulación es de 30 km/h, según señala Pedro Tomás, jefe de Área de Gestión de la Movilidad de la DGT.