Buenas noticias para los turistas: se acabó pagar por la maleta del avión en estas aerolíneas

Una sanción histórica del Gobierno afecta a estas compañías que ya no podrán cobrarte por subir el equipaje de cabina

El Ministerio de Consumo obliga a las aerolíneas a no pagar por el equipaje de mano

El Ministerio de Consumo obliga a las aerolíneas a no pagar por el equipaje de mano / EP

Con el verano a la vuelta de la esquina, las aerolíneas de bajo coste han sufrido un duro golpe, porque el Gobierno les ha sancionado con 150 millones de euros por cobrar a sus usuarios el equipaje de cabina, además de ordenar que cesen esta y otras tres prácticas más. Esto afecta a: Ryanair, Vueling, EasyJet y Volotea.

Sanción histórica para las aerolíneas low cost

Según ha podido saber la cadena SER, el Ministerio de Consumo multará a las compañías low cost con 150 millones de euros por hacer unas técnicas que ellos consideran como "muy graves", ya que atentan directamente contra los derechos de los consumidores.

De esta manera, el departamento piensa que los viajeros deben tener unos mínimos de confortabilidad y calidad para montar en estos aviones. Los turistas a veces son un mero objeto para estas empresas, que lo único que quieren es llenar aviones. Para ellos, sacrifican algunas cosas que son esenciales para ahorrar así costes y aprovechar al máximo el espacio.

"Este Ministerio tiene la obligación de velar por el cumplimiento de la ley, garantizar el respeto de los derechos de los consumidores y ofrecer las máximas garantías a las compañías afectadas", aseguran fuentes del departamento que dirige Pablo Bustinduy a El Mundo. Ahora el balón está en el tejado de las compañías, que son las que tendrán que elegir qué hacer.

Interior de avión de Ryanair

Elegir asiento, subir una maleta de cabina o los sobrecostes son algunas de las prácticas que se han prohibido / LP / DLP

¿Qué ha prohibido el Ministerio de Consumo?

El Ejecutivo ha planteado a Ryanair, Vueling, Voletea y EasyJet una multa que se divide en dos partes: una económica y otra, la prohibición de cobrar por cuatro prácticas habituales. El ministerio quiere así evitar que los padres y los hijos viajen separados, o que se tenga que pagar por la maleta de cabina, algo imprescindible para viajar.

Los métodos son los siguientes:

  • Cobrar por elegir el asiento: Esto sucede cuando la aerolínea distribuye al azar los asientos y, por ejemplo, en el caso de padres con niños pequeños, los coloca por separado. Hasta el momento, las empresas cobraban un suplemento por elegir asientos contiguos, si el adulto deseaba viajar junto a su hijo. Esto ya no será posible, ya que se considera que podría ocasionar un "perjuicio a personas vulnerables", creando una situación de indefensión.
  • Cobrar por llevar el equipaje de mano en la cabina: Las compañías ya no podrán cobrarte por llevar la maleta, porque se considera que esta práctica es 'abusiva'. Hasta ahora, lo hacían a partir de ciertas dimensiones.
  • Pago en metálico: Desde ahora, las aerolíneas no podrán cobrar un sobrecargo por comprar los billetes en los aeropuertos o no llevar las tarjetas de embarque impresas.
  • Cobrar más del precio que aparece en pantalla: En algunas compañías, el precio que aparece en un principio no es el que pagas al final, ya que a medida que se avanzan pasos se suman cargos y extras que el usuario no puede quitar. El Ministerio considera esto como: “una falta de transparencia en la información contractual” y “una práctica comercial desleal que dificulta comparar ofertas y la toma de decisión” de los usuarios, Ocasionando un perjuicio económico. 

¿Qué pasará ahora?

La multa ya está encima de la mesa, pero las compañías pueden recurrir a los diferentes estratos judiciales. "Las compañías aéreas tienen ahora derecho a presentar un recurso de alzada ante el Ministerio de Consumo. Una vez agotada la vía administrativa, pueden acudir a los tribunales", explican desde Consumo.

Una vez emitida esta sanción, Ryanair, Vueling, Voletea y EasyJet no deberían continuar cobrando a los pasajeros por estas prácticas, ya que la multa lo prohíbe. Que lo hagan o no, dependerá entonces de su predisposición a cumplir o no con la medida, la cual aún pueden apelar ante el Ministerio de Consumo y posteriormente, por la vía judicial. Si no lo hacen, estarán sujetas a nuevas multas económicas.