¿Vas a tener un bebé? Sigue estos consejos para solicitar la prestación por nacimiento sin problemas

Te contamos todos los trámites que tienes que realizar para solicitar la ayuda económica por el nacimiento de un hijo

Ayuda económica por el nacimiento de un bebé.

Ayuda económica por el nacimiento de un bebé.

La prestación por nacimiento y cuidado de menor, antes conocida como maternidad y paternidad, es una ayuda económica que ofrece la Seguridad Social a los padres tras la llegada de un nuevo miembro a la familia. Esta prestación sustituye y unifica las antiguas prestaciones por maternidad y paternidad desde abril de 2019, beneficiando a ambos progenitores por igual.

¿Cómo solicitar la ayuda por nacimiento de un bebé?

Puedes solicitar la prestación por nacimiento y cuidado de menor de las siguientes maneras:

  • De forma telemática:
  • Con certificado digital o Cl@ve: a través del portal Tu Seguridad Social (https://sede-tu.seg-social.gob.es/wps/portal/tussR/tuss/Login).
  • Sin certificado digital: a través de la plataforma de trámites sin certificado digital del INSS (https://tramites.seg-social.es/).
  • Por correo ordinario: descarga y rellena el formulario de solicitud y remitiéndolo junto a la documentación requerida a la Dirección Provincial del INSS o ISM correspondiente.
  • Presencial: acude a un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) con cita previa.

Documentación necesaria

Para solicitar que nos concedan esta ayuda tras el nacimiento de un hijo, hay que presentar una serie de documentos en la Seguridad Social. Lo primero que nos van a pedir es el formulario de solicitud de la prestación. También tendremos que acreditar la identidad de los padres, es decir, habrá que presentar el DNI, el pasaporte o el NIE. Asimismo, se requerirá el certificado de empresa en el que conste la fecha fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor (solo para trabajadores por cuenta ajena) y la documentación específica según el motivo de la solicitud (nacimiento, gestación por sustitución, adopción o acogimiento).

Duración del permiso

Desde el 1 de enero de 2021, ambos progenitores disfrutan de 16 semanas de permiso retribuido por nacimiento y cuidado de menor, equiparando España a países como Suecia, Islandia o Dinamarca en materia de conciliación familiar. Este permiso se puede dividir de la siguiente manera:

  • 6 semanas obligatorias e ininterrumpidas: Posteriores al parto o resolución judicial/administrativa en caso de adopción. La madre biológica puede anticipar este periodo hasta 4 semanas antes del parto.
  • 10 semanas restantes: A disfrutar en periodos semanales, de forma acumulada o interrumpida, dentro de los 12 meses siguientes al parto o resolución judicial/administrativa.

Ampliación del permiso

En determinados casos, el permiso por nacimiento y cuidado de menor puede ampliarse:

  • 1 semana adicional por cada hijo/a a partir del segundo.
  • 1 semana adicional por progenitor en caso de discapacidad del hijo/a.
  • Hasta 13 semanas adicionales por parto prematuro y hospitalización del bebé.

Asistencia sanitaria para el bebé

Otro trámite importante tras el nacimiento es dar de alta al bebé como beneficiario de la Seguridad Social de uno de sus progenitores. Este trámite suele realizarse junto a la solicitud de la prestación por nacimiento y cuidado de menor. Puedes realizarlo:

  • De forma telemática: a través del portal Tu Seguridad Social o la plataforma sin certificado digital del INSS.
  • De manera presencial: con cita previa en un CAISS o por correo ordinario a la Dirección Provincial del INSS correspondiente.

Documentación para el alta sanitaria del bebé

Para dar de alta a tu bebé en la Seguridad Social, necesitarás:

  • Solicitud debidamente cumplimentada.
  • Fotocopia del DNI del progenitor asegurado.
  • Libro de Familia o certificado de nacimiento del bebé.