¿Puedo cobrar el paro si dejo el trabajo de forma voluntaria?

El SEPE aclara cuáles son condiciones que debe cumplir un trabajador para acceder a la prestación por desempleo

Servicio Canario de Empleo.

Servicio Canario de Empleo. / E. D.

Si estás pensando en dejar tu puesto de trabajo y estar un tiempo en el paro, lo primero que debes saber es que la ley establece que no tienes derecho a cobrar la prestación por desempleo. ¿Por qué? Porque te has marchado de tu puesto de trabajo por voluntad propia, es decir, no te han despedido. Además, la normativa establece que el sistema de protección por desempleo está diseñado para ayudar a las personas que quieren y pueden trabajar, pero no encuentran un empleo.

En la página web del SEPE se explica que tampoco tendrás derecho a la prestación por desempleo si encuentras un nuevo trabajo, pero no superas el periodo de prueba y no han pasado más de tres meses desde que dejaste el primer trabajo de forma voluntaria.

Pese a que el Servicio Público de Empleo Estatal aclara los motivos por los que un trabajador no podrá cobrar el paro si coge la baja voluntaria en su trabajo, lo cierto es que también hay una serie de excepciones. Estos son los casos excepcionales:

  • Si el trabajador es despedido por causas ajenas a no superar el período de prueba, podrá cobrar el paro, siempre que haya cotizado lo suficiente y cumpla con el resto de requisitos.
  • Si la baja voluntaria se debe a motivos justificados, el trabajador también podrá cobrar el paro. Entre estos motivos se encuentran:
  • Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
  • Falta de pago o retraso continuado del salario.
  • Incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario.
  • Traslado del centro de trabajo que exija cambio de residencia.

¿Puedo pactar el despido con mi empresa?

No, pactar con la empresa el despido para cobrar el paro es fraude de ley. Esto significa que el trabajador y la empresa se ponen de acuerdo para fingir un despido cuando en realidad el trabajador ha renunciado voluntariamente. El objetivo de este fraude es que el trabajador pueda cobrar el paro, a pesar de no tener derecho a él.

Si el SEPE detecta un caso de fraude de ley, puede imponer una multa de entre 7.500 y 225.000 euros, en función del grado de gravedad. Además, el trabajador podría perder el derecho a cobrar el paro durante un tiempo determinado.

¿Qué requisitos hay que cumplir para cobrar el paro?

Para que un trabajador pueda cobrar el paro, es necesario cumplir con una serie de requisitos, entre los que se encuentran:

  • Haber cotizado lo suficiente a la Seguridad Social.
  • Estar inscrito como demandante de empleo.
  • No estar trabajando.
  • No estar percibiendo ninguna otra prestación incompatible con el paro.

¿Tengo que denunciar a la empresa para poder cobrar el paro?

Desde el momento en el que el empresario o la empresaria te comunique que ha decidido rescindirte el contrato de trabajo, tendrás derecho a cobrar la prestación por desempleo. "Para cobrar la prestación por desempleo no es necesario que presentes demanda frente al despido ante el Juzgado de lo Social, tampoco que el despido sea calificado como procedente, improcedente o nulo por resolución judicial. La comunicación de dicho despido por parte del empresario o la empresaria es suficiente para justificar la situación legal de desempleo y solicitar las prestaciones por desempleo", se precisa en la página web del SEPE.

Cobrar el paro tampoco es impedimento para presentar una demanda tras un despido, lo único que hay que hacer, una vez concluido el proceso judicial, es comunicarlo al Servicio Público de Empleo Estatal.