"Cuidado si cobras el paro y te quieres ir de viaje": un abogado alerta de las posibles consecuencias
Un abogado desvela las obligaciones que tienen las personas que cobran esta ayuda económica
![Reacción del Gobierno de Canarias a los datos del paro de abril](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/06a36b32-aa48-426e-9b13-02493871756f_16-9-discover-aspect-ratio_default_0.jpg)
ACFI PRESS
"Cuidado con irte de viaje si estás cobrando el paro". Así lo ha alertado un abogado de la red social TikTok (@juanmalorentelaboralista) a través de un vídeo. Y es que, según explica el usuario, las personas que cobran la prestación por desempleo tienen ciertas obligaciones.
Si estás recibiendo esta ayuda económica y tienes pensado irte de viaje este verano, "debes notificarlo y pedir una autorización al Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE)".
![¡Advertencia del SEPE! este es el límite máximo de ingresos que se puede recibir como desempleado en 2024](https://estaticos-cdn.prensaiberica.es/clip/528826df-4e62-455f-8c98-a4b2610bc6e9_alta-libre-aspect-ratio_default_0.jpg)
SEPE / La Provincia
Las complicaciones, principalmente, derivan del tiempo del viaje. El procedimiento de aviso y solicitud al SEPE se debe hacer en aquellos casos en los que se pretenda estar fuera del país más de 15 días.
¿Cuáles son las consecuencias de viajar si cobras el paro?
El propio Servicio de Empleo Público Estatal aclara en su página web que "tienes la posibilidad de salir al extranjero por un tiempo no superior a 15 días naturales por una sola vez cada año, siempre que ello no implique el incumplimiento de tus obligaciones".
Ahora bien, ¿qué ocurre si no consigues la autorización? Según cuenta el usuario de TikTok, en caso de que la persona desempleada no avise al SEPE, "este te podrá retirar la prestación por desempleo".
Otras infracciones mientras cobras el paro
El SEPE especifica otros aspectos que se consideran infracciones mientras se cobra la prestación por desempleo. Entre estas destacan rechazar una oferta de empleo adecuada (salvo causa justificada), compatibilizar el percibo del paro con el trabajo por cuenta propia o ajena y negarse a participar en trabajos de colaboración social o en programas de empleo.
A las anteriores se añaden infracciones que se consideran leves como, por ejemplo, no presentarse ante el SEPE en las fechas indicadas, salvo causa justificada, o no facilitar la información necesaria para recibir notificaciones.
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